Documentos anuales: Programación General Anual y Memoria Final
En Aragón, según establecen las citadas Instrucciones de Organización y funcionamiento para los centros de Educación Primaria aprobadas por Orden de 14 de junio de 2014 (BOA del 20 de junio) y la Orden de 18 de mayo de 2015 para los Institutos de Educación Secundaria (BOA del 5 de junio) se consideran documentos de planificación anual la Programación General Anual y la memoria:
Programación General Anual (PGA)
Las decisiones que afecten a la organización y el funcionamiento de los centros, adoptadas en cada curso académico, deberán recogerse en las respectivas Programaciones Generales Anuales en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. La Programación General Anual garantizará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de las competencias de los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente y la participación de todos los sectores de la comunidad escolar.
Equipo directivo de la Programación General Anual. La aprobación de la misma por parte del Director, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente, tal como establece el artículo 132 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, deberá efectuarse antes del 30 de septiembre. El Consejo Escolar evaluará la Programación General Anual en relación con la planificación y organización docente, sin perjuicio de las competencias para el Claustro de profesores establecidas en el artículo 129.b) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Una vez aprobada la Programación General Anual, quedará, como mínimo, un ejemplar de la misma en la Secretaría del centro a disposición de los miembros de la comunidad educativa, y otro se enviará al Director del Servicio Provincial correspondiente antes del 20 de octubre, sin perjuicio de que se respeten las fechas que para cada componente concreto de esta programación se establecen.
La Programación General Anual será de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad escolar. Todos los profesores y maestros con responsabilidades en la coordinación docente velarán para que se lleve a cabo lo programado en su ámbito de responsabilidad y pondrán en conocimiento del Jefe de Estudios cualquier incumplimiento de lo establecido en la programación. El Director iniciará inmediatamente las actuaciones pertinentes y, en su caso, comunicará esta circunstancia al Consejo Escolar o a la Inspección de Educación, si procede.
Al finalizar el periodo lectivo, el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores y el Equipo Directivo evaluará la Programación General Anual y su grado de cumplimiento. Las conclusiones más relevantes serán recogidas por el Equipo Directivo en una Memoria que se remitirá, antes del 10 de julio, al Servicio Provincial correspondiente para ser analizada por la Inspección de Educación.
La Programación GeneralAnual (PGA) deberá contener, al menos, los siguientes documentos:
Introducción.
Objetivos prioritarios.
Modificaciones realizadas y aprobadas del Proyecto Educativo de Centro (PEC), Proyecto Curricular de Etapa (PCE) y programaciones didácticas.
Plan de mejora.
Organización del centro.
Programa de actuación de los órganos de gobierno.
Concreción del Plan de Atención a la Diversidad (PAD) para el curso escolar.
Concreción del Plan de Orientación y Acción Tutorial para el curso escolar y, en su caso, del Plan de Orientación Profesional.
Concreciones del Plan de convivencia para el curso escolar.
Plan de intervención del servicio general de orientación educativa.
Programa anual de actividades complementarias, extraescolares y servicios complementarios.
Programas institucionales.
Plan de formación del profesorado planteado por el centro.
Seguimiento y evaluación.
Memoria Anual.
Memoria Anual
La Memoria Anual se compone de la Memoria Administrativa y de la Memoria final de curso.
La Memoria Administrativa, elaborada por el equipo directivo y que se incorporará a la Programación General Anual (PGA), incluirá los siguientes datos relativos a los recursos humanos y materiales del centro:
a)El Documento de Organización del Centro (DOC), será remitido, en su caso, a la Inspección de Educación. b)El proyecto de presupuesto del centro. c)La memoria económica de las actividades complementarias y extraescolares.
La Memoria final de curso consistirá en un balance que recogerá el resultado del proceso de evaluación interna que el centro deberá realizar sobre su propio funcionamiento y que será el punto de partida para el planteamiento de la Programación General Anual (PGA) del curso siguiente.